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OFERTA
Seguro de Vida

¿Por qué y para qué se debe contratar?

Este tipo de seguro no es obligatorio contratarlo, pero si recomendable. Siempre y cuando se tenga una hipoteca, préstamos, hijos a cargo, etc., debe ser una prioridad proteger a los familiares contra la responsabilidad económica que podrían asumir en el caso de un fallecimiento.

En un seguro de vida, además del propio fallecimiento, se pueden contratar varias garantías complementarias:

Invalidez absoluta por accidente: Se abonará el doble del capital contratado si la invalidez absoluta se produce por accidente.

Invalidez absoluta por accidente de circulación: Se abonará el triple capital si la invalidez absoluta se produce por esta causa.

Invalidez total o profesional: Los beneficiarios percibirán el capital contratado cuando el asegurado quede imposibilitado permanentemente para desarrollar la actividad profesional estipulada en la póliza.

Enfermedades graves: La aseguradora indemnizará el capital asegurado cuando el asegurado sea diagnosticado con una enfermedad grave.