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Un administrador de fincas en Granada cuesta entre 5 y 12 € por vivienda al mes en el mercado local, sin IVA. En EnglobaT trabajamos con tarifa fija de 3 € por vivienda (sin IVA), con una cuota mínima de 60 € por comunidad, sin permanencia ni suplementos por juntas extraordinarias.
Elegir administrador de fincas en Granada es una de las decisiones que más se repite en las juntas de propietarios y una de las que menos se compara. La mayoría de comunidades del Albaicín, el Zaidín, Ronda o la Chana llevan años con el mismo despacho sin saber exactamente qué están pagando ni qué tendrían derecho a exigir. Esta guía pone números y criterios sobre la mesa.
En Granada capital la horquilla de mercado va de 5 a 12 € por vivienda y mes, IVA aparte. La cifra depende sobre todo de tres cosas:
Como referencia: una comunidad de 20 viviendas con ascensor en el Zaidín se mueve en torno a los 7-9 € por vivienda al mes en el mercado granadino. Una comunidad pequeña del Albaicín, sin ascensor pero con edificio antiguo y elementos protegidos, puede estar en la parte alta de la horquilla por la complejidad de las licencias y las obras.
Si quieres una cifra concreta para tu edificio en lugar de una horquilla, puedes usar nuestro tarificador de administración de fincas: en un minuto tienes un presupuesto orientativo con los datos reales de tu comunidad.
Frente a la horquilla de mercado, en EnglobaT aplicamos una tarifa pública y única, igual en Granada que en el resto de ciudades donde trabajamos:
Sin permanencia y sin suplementos por juntas extraordinarias ni por gestión de siniestros. Al comparar presupuestos conviene fijarse en si la cifra que te dan lleva o no el IVA incluido: es el matiz que más distorsiona una decisión en junta.
La confusión más habitual llega en la factura del segundo año, cuando aparecen conceptos que nadie esperaba. Antes de firmar, conviene tener claro qué entra en la cuota fija:
Se suele facturar aparte, y es legítimo siempre que esté pactado de antemano: las juntas extraordinarias por encima de las incluidas, la gestión integral de una obra grande (por ejemplo, una rehabilitación de fachada o la instalación de un ascensor), los procedimientos judiciales de reclamación y las certificaciones para notaría. La señal de alarma no es que se cobren, sino que no aparezcan en el contrato.
1. ¿Quién atiende mi comunidad exactamente? En despachos con muchas comunidades es frecuente que el administrador que va a la junta no sea quien contesta el teléfono el resto del año. Conviene saberlo antes.
2. ¿En cuánto tiempo tengo acceso a las cuentas? Cualquier propietario puede consultar la documentación de la comunidad. Si pedirla supone una espera de semanas, hay un problema de gestión, no de derecho.
3. ¿Qué pasa con los seguros del edificio? Aquí es donde muchas comunidades granadinas pierden dinero sin saberlo. Un administrador que solo tramita el parte no está haciendo lo mismo que quien compara coberturas, revisa el capital asegurado y detecta que el edificio está infraasegurado.
Granada es zona de riesgo sísmico reconocido, y el terremoto de agosto de 2026 lo ha recordado de la peor manera: muchas comunidades descubrieron al pedir el parte que su póliza no cubría el daño, o que el capital asegurado estaba muy por debajo del coste real de reparación. Lo explicamos con detalle en nuestro artículo sobre qué cubre tu seguro tras el terremoto de Granada, y es de las primeras cosas que revisamos cuando entramos a administrar un edificio en la capital.
Ahí está la diferencia de EnglobaT: somos correduría de seguros y administración de fincas a la vez. Cuando revisamos el seguro de tu comunidad no estamos vendiendo la póliza de una compañía concreta, estamos comparando el mercado con la información que ya tenemos del edificio porque lo administramos nosotros.
Cambiar de administrador es más sencillo de lo que suele creerse, y no requiere justificar el motivo:
El único punto que suele dar problemas es el cuarto. Por eso, cuando asumimos una comunidad nueva, nos encargamos nosotros de reclamar la documentación al despacho anterior: el presidente no tiene por qué ser quien pelee esa parte.
EnglobaT, S.L. administra comunidades en Granada capital y su área metropolitana, con la misma persona de contacto durante todo el año y las cuentas accesibles cuando las pides. Puedes ver el detalle del servicio en nuestra página de administrador de fincas en Granada capital, y comparar con lo que explicamos para Córdoba, donde tenemos la sede principal, o para Sevilla.
Si ya tienes claro que quieres cambiar, en nuestra guía sobre cómo cambiar de administrador de fincas tienes el procedimiento completo, con el mismo punto del orden del día explicado arriba. Y si lo que te preocupa es la morosidad de tu comunidad, conviene saber cuándo prescribe una deuda con la comunidad y cómo debe llevarse la cuenta bancaria. Y si quieres saber qué exige la ley a cada propietario y a la comunidad como tal —fondo de reserva, obras de conservación, obligaciones fiscales—, lo explicamos entero en la guía sobre las obligaciones de la comunidad de propietarios. También repasamos qué mayoría hace falta para cada acuerdo de la junta en la guía de quórum y mayorías en la junta de propietarios. Y si la comunidad se plantea alquilar alguna vivienda por Airbnb o plataformas similares, conviene saber qué mayoría hace falta antes de decidirlo en junta: lo explicamos en la guía de extinción y disolución de la comunidad de propietarios y en la de alquiler turístico en la comunidad de propietarios.
Dos guías nacionales más que conviene tener a mano: cuándo y cómo impugnar un acuerdo de la junta de propietarios, y cuándo es obligatorio instalar un ascensor en la comunidad.
Y si tienes que convocar una junta o la comunidad se plantea instalar placas solares, aquí tienes el modelo de convocatoria de junta de propietarios y la guía sobre instalación de placas solares en la comunidad: mayorías y reparto de costes.
Y dos guías más sobre quién hace qué en la comunidad: funciones y responsabilidad del administrador de fincas y elección, funciones y responsabilidad del presidente de la comunidad.
Y ya que hablamos de los órganos de gobierno de la comunidad: quién ejerce de secretario y qué funciones tiene lo explicamos en secretario de la comunidad de propietarios, y qué debe contener el acta de la junta y en qué plazo hay que firmarla, en acta de la junta de propietarios.
Y las dos últimas guías nacionales publicadas: qué mayoría hace falta y quién paga una derrama en la comunidad de propietarios, y qué puede hacer la comunidad si un vecino desarrolla una actividad molesta, como ruidos o un piso turístico sin autorizar.
Y las dos guías más recientes: cuándo es obligatoria la Inspección Técnica de Edificios (ITE/IEE) y quién la paga, y qué normativa aplica si un vecino quiere instalar un punto de recarga para su coche eléctrico en su plaza de garaje.
Y tres guías nacionales más, publicadas en las últimas semanas: cuánto tiene que tener el fondo de reserva de la comunidad y para qué sirve, si la comunidad tiene personalidad jurídica propia para demandar o ser demandada, y quién paga las humedades y filtraciones en la comunidad: ¿la comunidad o el propietario?
Y las dos guías más recientes del blog: si hace falta unanimidad para cerrar una terraza o un balcón en la comunidad (no: basta la mayoría de tres quintos del art. 17.4 LPH), y cuándo son obligatorias las obras de accesibilidad en la comunidad y en qué casos puede un vecino con pocos ingresos vetar el coste.
¿Quieres una segunda opinión sobre lo que paga tu comunidad? Escríbenos por WhatsApp al 638 580 333 con el número de viviendas y lo que pagáis ahora, y te decimos sin compromiso si está dentro de mercado.